viernes, 13 de mayo de 2011

Lucha contra el Narcotráfico: “Ley de Derribo y la Radarización de la Frontera Norte Argentina”

 
Por Lic. Alejandro G. Venczel

Ante el reciente proyecto de ley presentado ante la Honorable Cámara de Diputados (número de expediente 1791-D-2011)  “Creación del Plan Nacional de Protección Aérea de la Frontera Norte”, se ha generado revuelo en los diferentes medios de comunicación por una posible aprobación de la “Ley de Derribo”. Este proyecto apunta fundamentalmente a la lucha contra el narcotráfico, intentando impedir el ingreso al país de aviones utilizados para actividades delictivas por la frontera norte del territorio argentino.

(Fuente Fotográfica: http://www.fuerzaaerea.mil.ar/)

Si bien, el narcotráfico en la Argentina ha ido creciendo de forma casi exponencial, la toma de medidas para combatirlo como la “Ley de Derribo” debe ser analizada más profundamente.

Un caso que generó estupor en la sociedad fue el derribo por error de una aeronave civil en Perú en el año 2001[1]. Hechos de tal magnitud demuestran que una “Ley de Derribo” se asemeja a una pena de muerte mediante un juicio sumarísimo. Por lo que, en caso de un error, se podrían ejecutar personas inocentes en tiempo récord y sin posibilidad alguna de demostrar su inocencia. Además, por más que la aeronave derribada sea tripulada por delincuentes, en Argentina no se aplica la pena de muerte, lo cual implicaría un debate mayor, tanto desde el punto de vista legal, como desde el punto de vista ético-moral.

Ahora bien, esto no debe significar que el espacio aéreo argentino continúe sin control alguno. Todo lo contrario, el control de las fronteras nacionales debe ser intensificado donde ya existe, y creado donde no lo hay. El control del espacio aéreo es prácticamente nulo. La frontera norte argentina es un espacio demasiado permeable para las organizaciones criminales que operan por el mencionado corredor aéreo sin mayores inconvenientes.

Según la información suministrada por el Diputado Julián Obiglio, en la Argentina ingresan entre 100 y 150 vuelos ilegales por día[2]. Esto sin duda, es un hecho que refleja la fragilidad en la que se encuentra la seguridad nacional, pudiéndose cometer delitos de diversa índole, ya sea tráfico de estupefacientes, contrabando, secuestros, etc.

Por lo tanto, radarizando el 100% de la frontera norte, se podría obtener un registro fehaciente de todos los vuelos que ingresan y egresan del país, siendo de utilidad no sólo para el ámbito de seguridad interior, sino también para el ámbito civil.

Una vez radarizado el espacio aéreo, se puede hacer un seguimiento de las aeronaves en infracción, pudiendo localizar los puntos de aterrizaje ilegales, sin necesidad de derribar los aviones que no cumplan con las normativas. Al mismo tiempo, esto permite apresar a los tripulantes y a los receptores locales de la mercadería ilícita, los cuales mediante su declaración, colaborarían en el desbaratamiento de las organizaciones criminales.
Por otro lado, también se pueden autorizar a los aviones de intercepción de la Fuerza Aérea, para que escolten a las aeronaves que ingresan ilegalmente a la Argentina, sin necesidad de abatirlos, ya que una vez descubiertos e interceptados,  las aeronaves infractoras, o bien aterrizarán en suelo argentino, o bien retornarán a su lugar de origen, sin la posibilidad de haber cumplido su objetivo delictivo.

La radarización es una medida que debe tomarse cuanto antes, y debe tomarse como paso previo, y no conjunto, a la “Ley de Derribo”. Ya que una vez implementado el sistema de radares, el ingreso de aeronaves de forma ilegal correría un riesgo muchísimo mayor de ser detectado y su cargamento de ser decomisado. Si todo funciona correctamente, no habría necesidad de implementar el derribo de las aeronaves.

Lo que no se puede pasar por alto, es que el sistema de radarización, sin duda, generara un mayor flujo de ingreso ilegal por vía terrestre, ya que hay que entender que las organizaciones criminales funcionan dentro de la lógica capitalista, y si hoy optan por ingresar mayormente por vía aérea, es debido a que el riesgo es menor y la ganancia es mayor. En este sentido, se deberá reforzar el control terrestre, para evitar el aumento del uso de “mulas” para el traspaso de la mercadería ilegal hacia el interior de la Argentina.

Si bien, una correcta radarización puede resultar costosa, los beneficios en materia de seguridad son enormes para la lucha contra las nuevas amenazas.
Sin embargo, el presupuesto para cubrir la colocación del sistema de radares, debe ser visto como una inversión y no como un gasto, ya que puede generar una oportunidad de desarrollo y exportación de radares 3D por parte de nuestro país. Según se afirma en el proyecto de ley antes mencionado:  “Se promoverá el desarrollo de tecnologías muy valoradas en el resto del mundo y que se podrían exportar generando recursos al Estado Nacional. Vale en este punto recordar que la empresa estatal INVAP (Investigación Aplicada SE), tiene desarrollado un modelo de radar 3D perfectamente aplicable a las tares que se proponen en el presente proyecto”[3]

Por todo lo dicho, no debería demorarse más la implementación de un sistema de radares acorde a los tiempos que corren. Postergando la “Ley de Derribo” no hay fundamentos que justifiquen seguir con un espacio aéreo sin control por parte del Estado nacional. La pronta implementación de los radares 3D en la frontera norte argentina, junto con una correcta supervisación de los funcionarios encargados de controlar los radares (en orden de evitar los actos de corrupción), aumentará los controles de seguridad nacional de manera drástica.



[1] “Afirman que el avión derribado en Perú estaba registrado y tenía plan de vuelo” http://edant.clarin.com/diario/2001/04/22/i-03601.htm
[2] “Ley de Derribo: revelan que ingresan al país 100 vuelos ilegales por día” http://www.infobae.com/notas/577571-Ley-de-derribo-revelan-que-ingresan-al-pais-100-vuelos-ilegales-por-dia.html
[3] “Honorable Cámara de Diputados de la Nación; Proyecto de Ley 1791-D-2011” http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1791-D-2011



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